CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
Entre MGDOMINIERT nombre comercial, con RUC N.º 0951665157001, legalmente representada por Moisés García, persona natural en adelante denominada “EL PRESTADOR”; y por otra parte, _________________, representada por ___________________ con RUC/C.C. __________________ en adelante denominado “EL CONTRATANTE”, se celebra el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales, al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
EL PRESTADOR se obliga a prestar a favor de EL CONTRATANTE servicios profesionales especializados en: ____________________ y de acuerdo con la propuesta comercial, anexo técnico o alcance aprobado, que podrán incluir, sin limitarse a:
● Marketing digital y estrategia comercial
● Manejo y administración de redes sociales.
● Diseño gráfico, edición de posts y reels.
● Producción de contenido digital.
● Implementación, venta y configuración de CRM (KOMMO).
● Automatización de procesos comerciales y herramientas digitales.
● Capacitación comercial y técnica.
● Asistencia y soporte técnico.
● Consultoría estratégica y reestructuración de procesos comerciales.
Los servicios se ejecutarán conforme a los términos, alcances y tiempos previamente acordados.
SEGUNDA: NATURALEZA DE LA RELACIÓN
1. El presente contrato es de naturaleza civil y profesional, por lo que no existe relación laboral, societaria, financiera ni de dependencia entre EL PRESTADOR y EL CONTRATANTE.
2. EL PRESTADOR no está sujeto a horarios de trabajo, metas internas, subordinación ni exclusividad.
3. EL CONTRATANTE no podrá hacer uso de los recursos, personal, sistemas o infraestructura de EL PRESTADOR fuera de los servicios expresamente contratados.
TERCERA: RESPONSABILIDADES DE EL PRESTADOR
1. Ejecutar los servicios con responsabilidad, ética, profesionalismo y calidad.
2. Cumplir con los tiempos de entrega establecidos por cada departamento, los cuales no excederán de 30 días, salvo acuerdo distinto por escrito.
3. Brindar soporte técnico gratuito únicamente en casos de ajustes menores o reconfiguraciones derivadas del servicio contratado.
4. Cualquier requerimiento adicional, ampliación de alcance, nuevas integraciones o servicios no contemplados, tendrá costo adicional, previa cotización y aprobación de EL CONTRATANTE.
5. EL PRESTADOR no se responsabiliza por fallas, interrupciones, errores o limitaciones propias de plataformas externas, incluyendo pero no limitado a CRM KOMMO, WhatsApp, Meta Ads, Google Ads u otras herramientas de terceros.
CUARTA: LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD Y ALCANCE
1. EL PRESTADOR no garantiza metas de ventas, incremento de ingresos, viralización de contenidos, posicionamiento orgánico ni resultados específicos, ya que estos dependen de factores ajenos como:
○ Gestión del equipo de ventas de EL CONTRATANTE.
○ Calidad del producto o servicio.
○ Mercado, competencia y presupuesto publicitario.
○ Uso correcto de las herramientas implementadas.
2. Los servicios contratados tienen como objetivo optimizar procesos, estrategias y herramientas, mas no asegurar resultados comerciales específicos.
QUINTA: OBLIGACIONES DE EL CONTRATANTE
1. Cumplir puntualmente con los pagos en las fechas acordadas: ________________ , según lo pactado con el asesor comercial.
2. Todos los servicios deberán ser pagados de forma anticipada al 100%.
3. En caso de mora o incumplimiento de pago, EL PRESTADOR podrá:
○ Suspender los servicios.
○ Bloquear accesos a cuentas, sistemas y automatizaciones.
○ Detener entregas y soporte técnico.
○ Retención de páginas hasta cumplimiento de obligaciones.
La suspensión no constituirá incumplimiento contractual por parte de EL PRESTADOR mientras existan valores vencidos pendientes de pago.
4. EL CONTRATANTE acepta las condiciones de cobranza, monitoreo y seguimiento derivadas del servicio.
SEXTA: ACCESOS Y AUTORIZACIONES
1. EL CONTRATANTE autoriza expresamente a EL PRESTADOR el acceso a plataformas necesarias para la ejecución del servicio, incluyendo:
○ Meta Ads
○ Google Ads
○ CRM y herramientas de automatización
2. Dicha autorización se otorga exclusivamente para fines operativos del servicio contratado.
SÉPTIMA: CONFIDENCIALIDAD Y USO DE DATOS
1. Ambas partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda la información compartida.
2. EL PRESTADOR cuenta con contratos internos de confidencialidad y uso de datos.
3. No se divulga información ni conversaciones; sin embargo, EL CONTRATANTE autoriza el monitoreo técnico y revisión operativa de conversaciones vinculadas a sistemas de automatización, únicamente para fines de soporte y optimización.
4. El tratamiento de datos se regirá conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales del Ecuador.
OCTAVA: CONDUCTA Y RESPETO
1. No se tolerará abuso de confianza, agresión verbal, física o psicológica hacia el personal de EL PRESTADOR.
2. En caso de ocurrir, EL PRESTADOR podrá suspender inmediatamente los servicios, sin perjuicio de acciones legales.
NOVENA: FACTURACIÓN E IMPUESTOS
1. Servicios prestados en Ecuador: IVA 15%.
2. Servicios prestados al exterior: IVA 0%.
3. Todos los servicios, nacionales e internacionales, cuentan con garantía conforme al alcance contratado.
DÉCIMA: VIGENCIA Y SERVICIO CONTRATADO
El presente contrato tendrá una vigencia de ___________, contados a partir de la fecha de su aceptación por parte del CONTRATANTE, pudiendo ser renovado mediante acuerdo previo, expreso y por escrito entre las partes.
El CONTRATANTE declara conocer y aceptar que el servicio objeto del presente contrato corresponde al ________________________, cuyo valor es de USD _______ (dólares de los Estados Unidos de América) mensuales, más los impuestos que correspondan conforme a la normativa legal vigente.
DÉCIMA PRIMERA: TERMINACIÓN ANTICIPADA Y PERMANENCIA
El presente contrato tendrá la permanencia mínima establecida en la Cláusula Décima, conforme al plazo libremente negociado y aceptado por las partes al momento de su suscripción.
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato mediante notificación escrita con al menos quince (15) días de anticipación. Sin embargo, cuando exista un plazo mínimo de permanencia vigente, el retiro anticipado injustificado por parte del CONTRATANTE obligará al pago inmediato de la totalidad de los valores correspondientes a los meses faltantes hasta completar el plazo pactado. Dichos valores serán exigibles mediante gestión prejudicial y/o proceso de cobranza conforme a la legislación ecuatoriana vigente.
En caso de terminación por mutuo acuerdo, el CONTRATANTE únicamente deberá cancelar el valor correspondiente al mes ya transcurrido y los trabajos efectivamente ejecutados o avanzados del período siguiente, los cuales serán debidamente facturados.
Para servicios eventuales o contratos de treinta (30) días, no existirá obligación de permanencia adicional, siempre que no existan trabajos adelantados, servicios ejecutados o valores pendientes de pago.
Si el CONTRATANTE no responde comunicaciones formales, pierde contacto con la empresa o abandona el servicio sin notificación previa, se procederá con la respectiva gestión de cobranza por los valores adeudados, conforme a derecho.
Las partes dejan constancia de que el tiempo de compromiso contractual ha sido elegido de manera libre, voluntaria y previa negociación abierta entre ambas partes.
DÉCIMA SEGUNDA: RECONOCIMIENTO DE DEUDA
El CONTRATANTE reconoce que las obligaciones económicas derivadas del presente contrato constituyen deuda clara, expresa y exigible.
En caso de mora o incumplimiento, el contrato, facturas y/o estados de cuenta emitidos por EL PRESTADOR serán documentos suficientes para exigir el pago por la vía prejudicial o judicial conforme a la legislación ecuatoriana.
El CONTRATANTE acepta el pago de intereses legales, gastos administrativos, honorarios profesionales y costos de cobranza. Asimismo, se obliga a suscribir un pagaré a la orden si EL PRESTADOR lo requiere.
Las liquidaciones emitidas por EL PRESTADOR constituirán plena prueba del saldo adeudado, salvo prueba en contrario.
DÉCIMA TERCERA: AUTORIZACIÓN DE CONSULTA Y REPORTE CREDITICIO
El CONTRATANTE autoriza expresa e irrevocablemente a EL PRESTADOR a consultar su información en burós de crédito y centrales de riesgo del Ecuador, así como a reportar y actualizar datos relacionados con el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato.
La presente autorización se mantendrá vigente mientras exista relación contractual o valores pendientes de pago.
El CONTRATANTE declara haber sido informado sobre la finalidad del tratamiento de sus datos personales.
DÉCIMA CUARTA: JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
Las partes se someten expresamente a la legislación de la República del Ecuador y a la jurisdicción de los tribunales del domicilio de EL PRESTADOR.
DÉCIMA QUINTA: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento total o parcial de sus obligaciones cuando este sea consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobada, conforme al Código Civil ecuatoriano, incluyendo pero no limitado a desastres naturales, fallas masivas de internet, caídas globales de plataformas digitales, disposiciones gubernamentales o eventos fuera de control razonable de las partes.
La parte afectada deberá notificar por escrito dentro de un plazo razonable. Mientras subsista la causa, las obligaciones afectadas quedarán suspendidas sin que ello genere penalidades.
DÉCIMA SEXTA: PROPIEDAD INTELECTUAL
Todo material, estrategia, diseño, automatización, estructura comercial, embudos, configuraciones técnicas, metodologías y documentación desarrollada por EL PRESTADOR constituye propiedad intelectual de EL PRESTADOR, salvo que expresamente se acuerde lo contrario por escrito.
EL CONTRATANTE adquiere únicamente derecho de uso sobre los entregables vinculados al servicio contratado, mientras se encuentren al día en sus obligaciones de pago.
Queda prohibida la reproducción, modificación, reventa o cesión a terceros sin autorización escrita de EL PRESTADOR.
DÉCIMA SÉPTIMA: USO DE MARCA Y PORTAFOLIO
EL CONTRATANTE autoriza a EL PRESTADOR a utilizar su nombre comercial, marca, logotipo y resultados generales del proyecto con fines de portafolio, casos de éxito y promoción profesional, salvo que exista solicitud expresa y escrita de confidencialidad específica.
No se divulgará información estratégica ni datos sensibles.
DÉCIMA OCTAVA: NO CAPTACIÓN DE PERSONAL
Durante la vigencia del contrato y hasta doce (12) meses posteriores a su terminación, EL CONTRATANTE se obliga a no contratar directa ni indirectamente al personal, colaboradores o consultores de EL PRESTADOR sin autorización escrita.
En caso de incumplimiento, deberá indemnizar a EL PRESTADOR con un valor equivalente a seis (6) meses del último honorario mensual contratado.
DÉCIMA NOVENA: RESOLUCIÓN AUTOMÁTICA
El presente contrato podrá resolverse de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial, en caso de:
● Incumplimiento reiterado de pagos.
● Uso indebido de herramientas o sistemas implementados.
● Afectación reputacional grave hacia EL PRESTADOR.
● Violación de confidencialidad.
La resolución no exime al CONTRATANTE del pago de valores pendientes ni de la permanencia mínima pactada.
VIGÉSIMA: NO DEVOLUCIÓN DE VALORES
Los valores pagados por honorarios, implementaciones, configuraciones, licencias o cualquier servicio contratado no son reembolsables una vez iniciado el servicio o activadas las herramientas.
El CONTRATANTE reconoce que los servicios implican asignación inmediata de recursos técnicos y operativos no recuperables, por lo que no procederán devoluciones por desistimiento, falta de uso o resultados no alcanzados.
Solo en caso de incumplimiento comprobado atribuible exclusivamente a EL PRESTADOR podrá acordarse una compensación proporcional.
VIGÉSIMA PRIMERA: INVERSIÓN PUBLICITARIA
Los valores destinados a Meta Ads, Google Ads u otras plataformas corresponden a pagos directos a terceros y no constituyen ingresos de EL PRESTADOR.
EL CONTRATANTE acepta que el marketing digital implica riesgo comercial y depende de factores externos, por lo que no se garantizan resultados ni existirá obligación de reembolso por bajo rendimiento, bloqueos o decisiones de las plataformas.
La responsabilidad de EL PRESTADOR se limita a la correcta gestión técnica conforme al alcance contratado.
ACEPTACIÓN
EL CONTRATANTE declara haber leído, entendido y aceptado todas las cláusulas del presente contrato, otorgando su consentimiento expreso mediante firma física, firma electrónica.
En constancia de lo cual, las partes aceptan y suscriben el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales en dos ejemplares del mismo tenor y valor legal, en la ciudad de _____________.
Dirección:
📍 Urdesa Central, Calle primera 1240 y calle Costanera
Contacto:
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